Por medio de este contrato, una propiedad horizontal, de aquella regidas por la ley 675 de 2001, contrata a una persona para que ejerza las labores propias de administración de la misma propiedad horizontal.
Partes:
- Empleador: Copropiedad que contrata al administardor.
- Trabajador: Persona que presta los servicios de administrador de la copropiedad.
Ejemplo:
Pedro, Presidente del consejo de administración de la propiedad horizontal ABCD, va a contratar a Juan para que administre el edificio, por lo que le suscribe un contrato laboral para administrador de propiedad horizontal.
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