Por medio del contrato por obra o labor contratada, se establecen las condiciones laborales, en las cuales el trabajador prestará su normal capacidad de trabajo al servicio de una persona o empresa. Debe precisarse que la duración del presente contrato laboral, es por el tiempo que tarde la ejecución de la obra o labor, por lo cual, al terminarse la misma, el contrato terminará, sin posibilidad de prorrogarse.
Partes:
- Empleador: Quien contrata. Tiene la obligación de remunerar al trabajador por sus servicios. Tiene la facultad de dar órdenes.
- Trabajador: Prestará sus servicios de manera personal, y estará bajo la subordinación y dependencia de la parte empleadora por el tiempo pactado.
Ejemplo:
Juan, propietario de una vivienda, necesita contratar un oficial para el enchapado de su baño. Pedro, que cuenta con todas las capacidades para realizar dicha labor, celebra junto con Juan un contrato de obra o labor contratada, por un periodo igual a la duración de dicha actividad, donde desempeñará el cargo para el que fue contratado, bajo las órdenes y horarios establecidos por Juan.